Una decisión judicial volvió a poner en pausa aspectos clave de la reforma laboral. El Juzgado Federal N°2 de San Martín dictó una medida cautelar que suspende la aplicación de dos artículos de la Ley de Modernización Laboral N°27.802, en respuesta a un planteo de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS).
La resolución, que tendrá una vigencia inicial de seis meses, deja sin efecto los artículos 131 y 133 de la norma y garantiza la plena validez de los convenios colectivos firmados por el gremio, entre ellos el CCT 130/75 y sus acuerdos complementarios.
El fallo ordena al Estado Nacional abstenerse de aplicar los cambios que buscaban limitar la ultraactividad de los convenios —es decir, su continuidad una vez vencidos— y establecer nuevos topes a los aportes sindicales.
En ese sentido, la decisión judicial asegura la continuidad de todas las cláusulas vigentes y obliga a las empresas a mantener la retención y el depósito de las contribuciones solidarias acordadas, consideradas clave para el funcionamiento de las organizaciones gremiales.
Desde FAECYS destacaron que la medida resulta fundamental para evitar un eventual desfinanciamiento del sistema sindical, lo que podría afectar la prestación de servicios esenciales. Entre ellos, mencionaron beneficios sociales, instancias de capacitación y la cobertura de salud que reciben los trabajadores mercantiles a través de sus delegaciones y de la obra social OSECAC.
El secretario general del gremio, Armando Cavalieri, celebró el fallo y sostuvo: “Este fallo es un acto de justicia que defiende la dignidad de los trabajadores mercantiles y nuestra autonomía para negociar. No vamos a permitir que, bajo la excusa de una modernización, se intente asfixiar a los sindicatos y recortar derechos históricos. Defender el financiamiento de nuestra institución es defender la salud de la familia de comercio y nuestra capacidad de diálogo para proteger el salario en todo el país”.
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