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Financiamiento universitario: la Justicia declaró inconstitucional el decreto que frenaba la ley

today6 octubre, 2026

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El juez federal Martín Cormick ordenó al Poder Ejecutivo aplicar inmediatamente la norma aprobada por el Congreso. Consideró que el mecanismo utilizado para suspender su ejecución funcionó como una instancia de veto no prevista por la Constitución. La sentencia es de primera instancia y puede ser apelada.

La Justicia declaró inconstitucional el mecanismo utilizado por el Gobierno nacional para suspender la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario y ordenó al Poder Ejecutivo avanzar inmediatamente con su cumplimiento.

La decisión fue tomada por el juez Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, quien hizo lugar a los amparos presentados por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), universidades y docentes, junto con una causa iniciada por la Universidad de Buenos Aires.

El fallo alcanza a la Ley 27.795, destinada a garantizar recursos para el funcionamiento de las universidades nacionales, recomponer salarios docentes y no docentes y atender, entre otros puntos, becas y actividades de investigación.

La sentencia es de primera instancia y puede ser apelada por el Gobierno nacional.

Una ley que había sobrevivido al veto

El conflicto comenzó durante 2025.

El Congreso aprobó la Ley de Financiamiento Universitario, pero el Poder Ejecutivo decidió vetarla.

Diputados y el Senado posteriormente insistieron con la sanción reuniendo las mayorías especiales de dos tercios previstas por la Constitución.

Ante esa situación, el Gobierno promulgó finalmente la ley mediante el Decreto 759/2025, pero condicionó su ejecución.

El Ejecutivo estableció que las medidas que implicaran gastos quedarían suspendidas hasta que se determinaran las fuentes específicas para financiarlas y se incorporaran las partidas correspondientes al Presupuesto Nacional.

Las universidades llevaron esa decisión a la Justicia.

Para el juez funcionó como un nuevo veto

Cormick consideró que el mecanismo utilizado por el Ejecutivo no podía suspender una ley que había sido ratificada por el Congreso luego del veto presidencial.

En su sentencia sostuvo que el Decreto 759/2025 “no supera un test mínimo de razonabilidad”.

Uno de los argumentos centrales es que, una vez ejercida la facultad presidencial de vetar y luego de que el Congreso insistiera con los dos tercios de ambas cámaras, el Ejecutivo debía cumplir con la norma.

El magistrado consideró que condicionar posteriormente su aplicación tuvo, en los hechos, efectos similares a los de un nuevo veto.

Según expresó en la resolución, el decreto funcionó como un “mecanismo extraconstitucional” y configuró una instancia de veto no prevista en la Constitución Nacional.

Ordenó aplicar inmediatamente la ley

El fallo ordena al Poder Ejecutivo el cumplimiento inmediato de la Ley de Financiamiento Universitario y el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias para hacerla efectiva.

Entre los puntos centrales de la normativa aparecen la actualización de partidas para el funcionamiento de las universidades y la recomposición salarial de docentes y trabajadores no docentes.

También contempla recursos vinculados con becas estudiantiles, investigación y otras actividades del sistema universitario nacional.

La discusión no comenzó con esta sentencia.

En diciembre de 2025, el mismo juzgado ya había dictado una medida cautelar que ordenaba aplicar aspectos de la ley relacionados con salarios y becas mientras se resolvía la cuestión de fondo.

Ahora Cormick avanzó con una sentencia sobre el planteo de inconstitucionalidad.

El debate por el costo fiscal

Otro de los argumentos del Gobierno para condicionar la implementación estuvo relacionado con el impacto de la ley sobre las cuentas públicas.

Cormick también abordó esa cuestión.

El magistrado recordó que durante 2024 y 2025 el país funcionó sin una nueva Ley de Presupuesto y con partidas prorrogadas.

También citó estimaciones de la Oficina de Presupuesto del Congreso, que habían calculado que el impacto de la normativa durante 2025 equivalía aproximadamente al 0,23% del Producto Bruto Interno.

Para el juez, la existencia de consecuencias presupuestarias no impide el control judicial sobre las decisiones adoptadas por el Poder Ejecutivo.

La UNLPam también se pronunció sobre el fallo

La decisión judicial tuvo repercusión inmediata en La Pampa.

El rector de la Universidad Nacional de La Pampa, Francisco Marull, destacó la resolución y consideró que reconoce tanto las facultades del Congreso como los derechos del sistema universitario público.

La UNLPam forma parte del sistema de universidades nacionales directamente alcanzado por la discusión presupuestaria y salarial que originó el conflicto.

La sentencia representa un nuevo capítulo de una disputa que lleva más de un año entre el Gobierno nacional y las universidades por el nivel de financiamiento, los salarios y los recursos necesarios para garantizar su funcionamiento.

El Gobierno todavía tiene la posibilidad de apelar.

Mientras tanto, la resolución de primera instancia establece que la Ley de Financiamiento Universitario debe ser aplicada de manera inmediata.

Escrito por Diario Sonar

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