La Unión Obrera Metalúrgica quedó intervenida judicialmente luego de que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo anulara las elecciones nacionales del sindicato y dispusiera el desplazamiento de Abel Furlán, quien había sido reelecto en esos comicios.
La decisión fue adoptada por la Sala VIII del tribunal laboral, que además declaró nulas las elecciones realizadas en la seccional Campana, origen de la causa impulsada por la opositora Lista Naranja, que denunció irregularidades durante el proceso electoral desarrollado entre el 2 y el 4 de marzo de 2026.
Según el fallo, la elección nacional celebrada el 18 de marzo y los comicios de Campana eran “inescindibles”, por lo que la nulidad de una instancia arrastraba automáticamente la invalidez de la otra.
“Si una es nula, también la otra lo es”, sostuvo el juez de Cámara Víctor Arturo Pesino en el voto al que adhirió la magistrada María Dora González.
La Cámara ordenó el “cese inmediato” de Furlán y del resto de las autoridades electas en marzo, además de dejar sin efecto todas las designaciones realizadas por esa conducción desde su asunción.
En ese marco, el tribunal declaró la acefalía del gremio y designó como interventor judicial al abogado Alberto Biglieri, quien tendrá a su cargo convocar a nuevas elecciones en un plazo de 180 días.
Entre las principales irregularidades señaladas por la Justicia aparece el manejo de las urnas durante las tres jornadas de votación, sin escrutinios provisorios diarios ni garantías suficientes para asegurar la inviolabilidad del voto.
“La ausencia de salvaguarda de la voluntad de los electores, en una elección que se prorrogó durante tres días, destruyó la objetividad de todo el proceso”, afirmó el fallo.
Los jueces también cuestionaron que las urnas quedaran bajo custodia de la conducción oficialista en la sede sindical de Campana y calificaron como “inaceptable e irrazonable” exigir a los fiscales opositores permanecer en el lugar durante las noches para controlar el proceso.
Además, remarcaron que tanto la Junta Electoral local como la Junta Electoral Nacional mantuvieron “silencio” frente a las denuncias presentadas por la Lista Naranja.
En otro tramo de la resolución, la Cámara sostuvo que la UOM incumplió una medida cautelar dictada el 17 de marzo que suspendía la elección nacional prevista para el día siguiente.
“La UOM prefirió desoír a esta Sala y seguir adelante”, señalaron los magistrados.
Finalmente, el tribunal consideró que la intervención judicial resulta necesaria para “restaurar” la legalidad institucional del sindicato y garantizar un nuevo proceso electoral transparente.
“La intervención judicial no es un acto discrecional que busca limitar la autonomía sindical, sino una respuesta judicial que se alza como el único remedio posible para restaurarla”, concluyó la sentencia.
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