El Senado emitió este martes dictamen favorable a un proyecto que busca tipificar los delitos ambientales graves y establecer penas de prisión de entre 3 y 15 años para quienes provoquen daños severos o irreversibles al ambiente.
La iniciativa fue analizada en un plenario conjunto de las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Ambiente y Desarrollo Sustentable, presididas por el senador libertario Gonzalo Guzmán Coraita y la legisladora de Despierta Chubut, Edith Terenzi, autora del proyecto.
La propuesta crea un régimen especial para abordar formas de criminalidad ambiental y apunta a fortalecer las herramientas legales destinadas a prevenir, investigar y sancionar conductas que afecten gravemente los recursos naturales, los ecosistemas y la calidad de vida de la población.
Además, busca dotar al sistema judicial de mecanismos específicos para enfrentar delitos que generen impactos ambientales de gran magnitud.
Durante el debate, Terenzi destacó que el texto fue enriquecido con aportes de distintos senadores. “Hemos logrado incorporar definiciones fundamentales al artículo 77 del Código Penal, como daño ambiental irreversible, daño ambiental especialmente grave, el concepto de ambiente y la extensión espacial del daño ambiental, cuestiones que necesitábamos dejar claramente establecidas”, señaló.
El proyecto define como ecocidio al daño irreversible o especialmente grave provocado sobre el ambiente en violación de las normas de protección ambiental nacionales y provinciales, de manera tal que comprometa los derechos de las generaciones presentes y futuras.
Asimismo, considera daño ambiental irreversible a aquel que impida la regeneración natural del ecosistema afectado en un plazo razonable, mientras que entiende por daño ambiental especialmente grave al que, por su extensión o duración, produzca deterioros severos que afecten el derecho de personas o comunidades a vivir en un ambiente sano.
En cuanto a las sanciones, la iniciativa prevé penas de prisión de entre 3 y 10 años, además de multas equivalentes al valor de 30 salarios mínimos, vitales y móviles, para quienes ocasionen daños ambientales especialmente graves en violación de la normativa vigente.
Si el daño fuera considerado irreversible, las penas se elevarán a entre 5 y 15 años de prisión, junto con una multa equivalente a 70 salarios mínimos, vitales y móviles al momento de la condena.
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