La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió revocar la medida cautelar que había suspendido parte de la reforma laboral y restableció la vigencia de 82 artículos de la ley aprobada este año por el Congreso.
La decisión fue adoptada por la Sala VIII del tribunal y deja sin efecto el fallo de primera instancia dictado por el juez Raúl Ojeda, que había frenado la aplicación de esos puntos.
Con esta resolución, los artículos cuestionados de la Ley de Modernización Laboral (N° 27.802) vuelven a regir en todo el país, al menos mientras continúe el proceso judicial de fondo.
Uno de los aspectos centrales del fallo es que la Cámara otorgó “efecto suspensivo” a la apelación presentada por el Estado nacional. En términos prácticos, esto implica que la cautelar previa queda sin vigencia hasta que haya una definición definitiva sobre la constitucionalidad de la norma.
La medida original había sido impulsada por la Confederación General del Trabajo (CGT), que argumentó que la reforma vulneraba principios constitucionales como la progresividad de los derechos laborales y la protección del trabajador.
El nuevo escenario judicial reabre la aplicación de aspectos centrales de la reforma, en medio de un debate todavía abierto sobre su impacto en las condiciones laborales y el alcance de los cambios impulsados por el Gobierno nacional.
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