Un juez federal hizo lugar a una medida cautelar presentada por el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal. La decisión frena durante tres meses disposiciones que modificaban la responsabilidad de los abogados en los juicios laborales y el cobro de sus honorarios.
La Justicia Federal suspendió provisoriamente la aplicación de dos artículos de la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei, vinculados con las costas judiciales y los honorarios de los abogados que intervienen en conflictos laborales.
La decisión fue adoptada por el juez Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 11, quien hizo lugar a una medida cautelar solicitada por el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF) contra los artículos 10 y 56 de la Ley 27.802.
La suspensión tendrá una vigencia de tres meses o hasta que se dicte una sentencia definitiva, si esto ocurre antes. El fallo no declara la inconstitucionalidad de las disposiciones, una cuestión que todavía deberá resolverse.
Responsabilidad de los abogados en los juicios
Uno de los puntos cuestionados establece un nuevo criterio para determinar cuándo existe una pluspetición inexcusable, figura que permite responsabilizar solidariamente al trabajador y a su abogado por las costas de un juicio.
La reforma introdujo un parámetro vinculado con la diferencia entre el monto reclamado en la demanda y la suma finalmente reconocida por la Justicia.
El magistrado consideró que esa diferencia no resulta suficiente, por sí sola, para atribuir responsabilidad al profesional, ya que deben analizarse las circunstancias particulares de cada expediente.
Con la medida cautelar, vuelve a aplicarse temporalmente la redacción anterior del artículo 20 de la Ley de Contrato de Trabajo.
Honorarios y pago de sentencias en cuotas
El segundo aspecto del fallo está relacionado con las modificaciones al régimen de honorarios profesionales y la posibilidad de cancelar sentencias laborales mediante pagos en cuotas.
Cormick advirtió que la nueva normativa no establece con claridad si esa modalidad también alcanza a los honorarios de los abogados.
Por ese motivo, ordenó aplicar las disposiciones de la Ley 27.423 para el cobro de las retribuciones profesionales y suspendió los cambios introducidos en materia de pactos de cuota litis, acuerdos que vinculan los honorarios con el resultado del juicio.
Una discusión judicial que continúa
El Colegio de Abogados sostuvo que las modificaciones afectan el ejercicio profesional, el derecho a una remuneración por el trabajo realizado y las condiciones de acceso a la Justicia de los trabajadores.
La resolución representa un freno judicial temporal a una parte de la reforma laboral, pero no implica su anulación definitiva.
La discusión continuará en el marco de la acción de amparo presentada contra el Estado nacional, donde deberá resolverse si los artículos cuestionados son compatibles con la Constitución.
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