El Gobierno nacional aprobó un nuevo régimen para la identificación y trazabilidad de equipajes y encomiendas en los servicios de transporte de larga distancia, que elimina la obligación de utilizar etiquetas físicas con diseños definidos por el Estado y otorga mayor libertad a las empresas para implementar sus propios sistemas de control.
La medida fue oficializada mediante la Resolución 4/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, y deja en manos de las transportistas la elección de los mecanismos documentales o tecnológicos que permitan vincular de manera inequívoca cada valija o bulto con su pasajero propietario.
Según establece la normativa, las empresas podrán optar por distintos métodos, como códigos impresos directamente en el pasaje, códigos QR o electrónicos asociados, registros digitales integrados al sistema de venta de tickets, etiquetas impresas por la propia compañía u otros dispositivos que garanticen la trazabilidad del equipaje.
Desde la Secretaría de Transporte aclararon que, más allá de la flexibilización, los sistemas que se adopten deberán asegurar condiciones de seguridad, inviolabilidad y una correcta identificación entre el equipaje y el pasajero. Además, deberán ser compatibles con los mecanismos utilizados en la región y en los servicios internacionales hacia países limítrofes.
Responsabilidades y controles
La resolución mantiene la obligación de las empresas de conservar y poner a disposición los datos necesarios para la realización de reclamos por parte de los usuarios, así como la entrega de comprobantes de despacho. En caso de pérdida, daño o deterioro del equipaje, continúan vigentes las indemnizaciones previstas en la Resolución 47/1995.
Al mismo tiempo, el nuevo régimen establece que no podrá ser transportado ningún equipaje que no cuente con un dispositivo de identificación válido. En esos casos, el pasajero perderá el derecho a cualquier tipo de compensación.
Con esta decisión, el Gobierno dejó sin efecto el esquema anterior —vigente desde 2006— al considerar “conveniente permitir a los transportistas la libre elección de mecanismos que garanticen la trazabilidad”, en línea con los criterios de desregulación impulsados por el Ejecutivo.
La medida se enmarca en el Decreto 70/2023, que promueve la eliminación de regulaciones que, según el Gobierno, distorsionan los precios de mercado y limitan la libre iniciativa privada.
Fiscalización y plazos
A pesar de la desregulación en la forma de identificar el equipaje, el Estado mantendrá la supervisión del sistema. La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) seguirá siendo el organismo encargado de fiscalizar que los mecanismos elegidos sean efectivos y seguros, dejando de lado la verificación de antiguos requisitos de diseño impuestos por el Estado.
La normativa alcanzará a los servicios públicos de transporte interjurisdiccional, tráfico libre, servicios ejecutivos, turismo nacional e internacional, y entrará en vigencia dentro de 60 días. Las empresas contarán con un período de transición para adecuar sus sistemas.
Además, las transportistas deberán informar a la CNRT y a la Subsecretaría de Transporte Automotor los mecanismos de identificación que adopten con al menos 30 días de anticipación a la entrada en vigencia del régimen. El incumplimiento de esta obligación podrá derivar en sanciones.
El cambio se suma a la reciente creación del Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros, que unificó los registros de servicios urbanos, suburbanos e interjurisdiccionales, con el objetivo de simplificar la gestión administrativa del sector.
Qué cambia para el pasajero
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Más opciones de identificación: ya no habrá una etiqueta estatal única. Cada empresa podrá usar códigos impresos en el pasaje, códigos QR, registros digitales u otros sistemas propios.
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Mayor responsabilidad del usuario: el equipaje deberá contar con un dispositivo de identificación válido. Si no lo tiene, no podrá ser transportado.
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Sin identificación, no hay reclamo: en caso de pérdida o daño de un equipaje no identificado, el pasajero perderá el derecho a cualquier tipo de compensación.
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Se mantienen las indemnizaciones: si el equipaje está correctamente identificado, siguen vigentes las compensaciones establecidas por la normativa actual ante extravíos o deterioros.
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Control estatal vigente: aunque se desregula la forma de identificación, la CNRT continuará fiscalizando que los sistemas sean seguros y garanticen la trazabilidad.
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