El Gobierno nacional oficializó los feriados no laborables con fines turísticos para el año 2026, una medida orientada a impulsar el movimiento interno y fortalecer sectores como el turismo, la hotelería, la gastronomía y el transporte. La disposición fue publicada en el Boletín Oficial mediante la Resolución 164/2025.
Según lo establecido, los días no laborables adicionales serán el lunes 23 de marzo, el viernes 10 de julio y el lunes 7 de diciembre, todos estratégicamente ubicados para conformar fines de semana extralargos de cuatro días consecutivos de descanso.
La resolución, firmada por el jefe de Gabinete Manuel Adorni, se suma al esquema de feriados previsto en la Ley N° 27.399, que regula los días festivos nacionales, y comenzará a regir a partir del día siguiente a su publicación.
Desde el Ejecutivo explicaron que la selección de estas fechas responde a una política sostenida en los últimos años para dinamizar la economía regional, especialmente en temporadas de alta movilidad turística.
En detalle, el lunes 23 de marzo permitirá extender el descanso en torno al 24 de marzo, Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. En tanto, el viernes 10 de julio se acopla al feriado del 9 de julio, Día de la Independencia, mientras que el lunes 7 de diciembre antecede al 8 de diciembre, jornada en la que se celebra la Inmaculada Concepción de María.
Así queda el calendario de feriados 2026
Enero
Febrero
Marzo
Abril
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Jueves 2: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible), coincide con Jueves Santo (día no laborable).
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Viernes 3: Viernes Santo (feriado inamovible).
Mayo
Junio
Julio
Agosto
Octubre
Noviembre
Diciembre
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Lunes 7: día no laborable con fines turísticos.
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Martes 8: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible).
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Viernes 25: Navidad (feriado inamovible).
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