La Cámara Federal de Casación Penal ratificó condenas por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura, al confirmar las penas dictadas en causas vinculadas a la ESMA y a los vuelos de la muerte operados desde Campo de Mayo.
El máximo tribunal penal del país rechazó los recursos de las defensas y confirmó las condenas impuestas en 2017 contra Jorge Luis Magnacco y Víctor Roberto Olivera, así como las prisiones perpetuas dictadas en 2022 para los pilotos Ángel Delsis Malacalza y Eduardo José María Lance por su participación en los vuelos de la muerte.
Centros de exterminio y violencia sistemática
En el fallo, el juez Alejandro W. Slokar —con el acompañamiento de Daniel Antonio Petrone y Gustavo M. Hornos— reafirmó el carácter de la ESMA como un espacio de exterminio, enmarcado en un “paradigma concentracionario” basado en prácticas sistemáticas de deshumanización.
La sentencia también subrayó el rol de Magnacco como médico vinculado a la maternidad clandestina, donde el encierro de mujeres embarazadas constituyó una forma extrema de violencia de género dentro del plan de apropiación de niños.
En tanto, se ratificó la responsabilidad de Olivera en la detención ilegal de una madre y su hija, bajo la modalidad de “libertad vigilada” tras su paso por el centro clandestino.
Los vuelos de la muerte, como dispositivo de exterminio
En la causa vinculada a Campo de Mayo, con votos de Slokar junto a Ángela E. Ledesma y Guillermo J. Yacobucci, el tribunal describió los vuelos de la muerte como un mecanismo sistemático de eliminación de personas detenidas, que eran arrojadas al mar o a ríos desde aeronaves militares.
El fallo destacó el aporte del Equipo Argentino de Antropología Forense en la reconstrucción de estos crímenes, señalando que el hallazgo de cuerpos en las costas bonaerenses permitió transformar “la sospecha en certeza” sobre estas prácticas.
Asimismo, se estableció que Malacalza y Lance tenían dominio funcional sobre estas operaciones desde el Batallón de Aviación 601, lo que fundamentó sus condenas.
Memoria, verdad y justicia
La resolución también remarcó la importancia de preservar los sitios de memoria y las pruebas judiciales, y advirtió sobre el impacto que podrían tener medidas que afecten a los organismos encargados de su resguardo.
Finalmente, el tribunal sostuvo que estas sentencias constituyen una forma de “memoria ejercida” frente a discursos negacionistas, y reafirmó la obligación del Estado de garantizar verdad, justicia y no repetición.

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